Estos dispositivos constituyen tecnologías de verificación de presencia y localización, diseñados para efectuar el control de medidas de protección dictaminadas judicialmente, para las víctimas de violencia de género y garantizar su cumplimiento.
La coordinadora del Área de Género del Ministerio de Seguridad y Justicia, Ada Acevedo, explicó que los dispositivos se utilizan en el marco de la Ley D-3040 o denuncias penales por violencia de género, y siempre a requerimiento judicial.
En este marco, la Justicia la que evalúa el riesgo y solicita la medida de colocación de un dispositivo de seguridad para protección de mujeres o personas de las diversidades en situación de violencia.
El Poder Judicial en la mayoría de los casos realiza una evaluación a través de los y las profesionales de los equipos técnicos, (ETI en caso de los Juzgados de Familia – Ofavi en causas Penales), que determinan en qué casos existe un riesgo alto que hace necesaria la colocación de un dispositivo de protección.
Luego de la solicitud de la Justicia, el Área de Género del Ministerio realiza una prueba de viabilidad en cuanto a la conectividad de los domicilios de las víctimas, lo cual es debidamente informado, y una vez implementado el dispositivo, equipos técnicos y psicosociales llevan a cabo un seguimiento y acompañamiento para que la medida sea efectiva.